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CSJ Declara Inconstitucional cargo de MInistro de Justicia y Seguridad y Dir. de PNC de Militares retirados


[EDH]

Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional el nombramiento de David Munguía Payés y de Francisco Salinas como ministro de Seguridad y director de la Policía, respectivamente.

La instancia argumentó que el presidente de la República, Mauricio Funes, violó el artículo 159 de la Constitución al nombrar a estos funcionarios.

Asimismo, indicó que los militares no pueden tener funciones en la seguridad pública, incluso cuando se encuentre de baja.

Por tanto, la Sala ordenó que tanto Munguía Payés como Salinas dejen sus funciones a partir de hoy.

La institución explicó que la formación de los militares es diferente a las funciones de la seguridad pública.

Ante esta declaración, Sala ordena a Funes nombrar a nuevos funcionarios que cumplan con los requisitos constitucionales.




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Tras dejar sentado que los militares no pueden estar al frente de la seguridad pública ni de la Policía Nacional Civil (PNC), la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) invalidó los nombramientos de los generales David Munguía Payés como Ministro de Justicia y Seguridad y de Francisco Salinas como director de la corporación.

A menos de cinco horas de haberse emitido la sentencia, el Ministerio de Justicia anunció en su cuenta de Twitter @MiSeguridad_SV: "Sentencia se cumplirá. Pdte. Funes firma decreto donde nombra al licenciado Douglas Moreno como Ministro Interino (encargado de despacho)".

Además, el subdirector de la PNC, Mauricio Ramírez Landaverde, sustituirá a Salinas interinamente.

La sentencia provocó distintas reacciones en todos los sectores del país. Los observadores de El Diario de Hoy opinan que el sustituto debe continuar con los planes de seguridad, mientras que en la Asamblea, el FMLN respaldó la decisión, pero más de alguien comentó que había "malicia" en ella. Por su parte, diputados de Gana sólo respaldaron la resolución contra Salinas. (Ver nota aparte).

"… El efecto inmediato de la presente sentencia consiste, entonces, en que queda invalidado, a partir de esta fecha, el nombramiento del ministro de Justicia y Seguridad Pública, general David Victoriano Munguía Payés, y el director General de la Policía, general Francisco Ramón Salinas Rivera", dice el fallo divulgado ayer a la 1:30 de la tarde.

Para los magistrados constitucionalistas, el presidente Funes vulneró el artículo 159, inciso 2° de la Constitución, que establece la separación de funciones de la defensa nacional y la seguridad pública, y la independencia de la PNC con respecto a la Fuerza Armada.

Además, de acuerdo con el fallo, transgredió la obligación expresa de que la dirección de la PNC se encuentre a cargo de "autoridades civiles".

Funes nombró el 22 de noviembre de 2011 a Munguía Payés como ministro de Justicia y Seguridad. Munguía se presentó a su juramentación vestido de civil, aunque recién había dejado su cargo como ministro de Defensa.

Dos meses después, Salinas dejó su cargo como Jefe del Estado Mayor Conjunto de la Fuerza Armada y fue juramentado como director de la PNC.

En la sentencia de ayer la Sala estableció que existe una prohibición constitucional de nombrar a un militar como ministro de Seguridad Pública y Director de la PNC, independientemente del tiempo transcurrido desde su orden de baja, debido a que su formación militar es incompatible con la nueva doctrina de la seguridad pública proveniente de las reformas constitucionales de 1993 aprobadas en el marco de los Acuerdos de Paz.

Agrega que "los generales nombrados para los cargos antes señalados, aún cuando han sido dados de baja por el Presidente de la República, conservan su condición de militares, y por lo tanto, su nombramiento es inconstitucional".

La Sala establece en el fallo que la reforma constitucional "pretendió acentuar la independencia orgánica, funcional y subjetiva de la defensa nacional y de la seguridad pública, a fin de evitar que militares detentaran el cargo de ministro de Justicia y, con ello, que se impulsara dentro del ministerio la doctrina militar, dándole un carácter o estructura militar y el sometimiento a tales disciplinas".

Formación militar

En el caso del general Munguía Payés, la Sala determina que su formación ha sido eminente militar, para la defensa nacional y de la soberanía, pero no para la seguridad pública.

"De baja o no, por su formación militar el general Munguía Payés como cualquier otro oficial de la Fuerza Armada, ha sido adiestrado para la represión y el combate bélico, y no para la prevención y represión de la criminalidad, que es, precisamente, una de los objetivos principales del Ministerio en referencia", establece el fallo. Según la sentencia, cuando presentó sus alegatos, el Presidente Funes argumentó que lo que quiso evitar el legislador constituyente es que un militar activo esté al frente de la Policía, pero la Sala calificó de "impertinente" este planteamiento.

"El argumento del Presidente de la República no es atendible, por dos razones: es impertinente y desconoce la fuerza pasiva de la Constitución", detalla la sentencia.

La resolución sienta un precedente para que en adelante ningún militar, aunque esté en condición de retiro y alegue su derecho a aspirarlo, pueda ser nombrado en la PNC.

"El derecho a optar a cargos públicos del que son titulares los militares no comprende el intentar acceder a la dirección general de la PNC", enfatiza la sentencia.

En este punto, la Sala se remite a los Acuerdos de Paz de 1992, que pusieron fin a la guerra interna iniciada en 1980 y que establecían que la Policía debe ser dirigida por civiles.

Además, el tribunal constitucional descarta el argumento de que un militar retirado se convierte en civil o deja de ser militar.

"El Presidente de la República además desconoce la fuerza pasiva de la Constitución", enfatiza la resolución y, por ende, rechaza que la Constitución pueda interpretarse de conformidad con la Ley de la Carrera Militar o su reglamento.

Los magistrados establecieron que ambos cargos "quedan inválidos a partir de esta fecha y el presidente Funes deberá proceder a nombrar a autoridades civiles quienes habrán de sustituirles, cumpliendo con los requisitos y las condiciones constitucionales que garanticen la separación orgánica, funcional y subjetiva entre defensa nacional y seguridad pública", ordena la sentencia.

La misma no fue firmada por el presidente de la Sala, Salomón Padilla, y sólo fue suscrita por los magistrados Florentín Meléndez, Sidney Blanco, Rodolfo González y Belarmino Jaime.

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